La iniciativa fue objeto de variadas votaciones que, en su mayoría, vinieron a restar una importante cantidad de modificaciones a la Carta Fundamental propuestas por la Comisión de Constitución. Los rechazos se explican por los altos quórums que se requerían para aprobar las normas, esto es, 93 o 103 votos a favor, como mínimo, dependiendo del capítulo en votación.
Tras un amplio debate a través de dos sesiones, la Sala de la Cámara de Diputados votó y aprobó el proyecto de reforma constitucional (boletín 11758) que promueve la igualdad de derechos y dignidad entre mujeres y hombres.
La propuesta, ingresada a trámite legislativo el 29 de mayo, corresponde a una iniciativa de la agenda de Equidad de Género del gobierno de Sebastián Piñera, que busca impulsar medidas para avanzar hacia una sociedad que respete las naturales y complementarias diferencias entre hombres y mujeres y que reconozca los mismos derechos, deberes, dignidades y oportunidades.
La propuesta original constaba de un artículo único que agregaba en el Capítulo I de la Constitución Políticas, de Bases de la Institucionalidad, el deber del Estado de promover la igualdad de derechos y dignidad entre mujeres y hombres, evitando toda forma de violencia, abuso o discriminación arbitraria.
Por su paso por la Comisión de Constitución, el texto fue modificado para terminar definiendo que «es deber del Estado respetar y promover la igualdad de dignidad y derechos entre mujeres y hombres, prohibiéndose toda forma de violencia, abuso o discriminación arbitraria». Esta norma fue aprobada por 146 votos a favor y uno en contra.
El texto plantado por la citada Comisión incluía también un amplio listado de modificaciones al Capítulo III, relativo a los Derechos y Deberes Constitucionales; así como a los Capítulos V y VI, relativos al Congreso Nacional y al Poder Judicial, respectivamente.
Prácticamente todos esos cambios -así como las indicaciones renovadas en la Sala- fueron rechazados por no alcanzarse el quórum necesario, esto es, un mínimo de 103 votos favorables para alterar el Capítulo III, y un piso de 93 votos a favor para los capítulos referentes al Poder Judicial y Congreso Nacional.
Una excepción lo constituyó una modificación al Capítulo III, relativo al derecho de igualdad ante la ley. En este ámbito se adiciona, tras la frase “Hombres y mujeres son iguales ante la ley”, una norma que define que será “deber del Estado evitar e impedir toda forma de violencia contra la mujer, abuso o discriminación arbitraria. Para ello, garantizará la eliminación de las desventajas existentes, removiendo los obstáculos que la impidan o dificulten, facilitando la participación de todas las personas en la vida política, económica, social y cultural”.
La reforma constitucional pasó ahora a consideración del Senado.
Publicado el 31 de julio del 2018